jueves, 09 de febrero de 2012
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Tu bebé nació, le escogiste un lindo nombre pero… ¿ya lo inscribiste en la RENIEC?


 
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La vida de la mamá luego del parto, suele ser en ocasiones abrumadora. Adaptarse a los nuevos horarios, y al ritmo de un recién nacido puede hacer olvidar algunos trámites formales que toda familia debe encarar, como por ejemplo, la inscripción del niño en los registros. Aquí algunas luces al respecto.

Sostener a un hijo en brazos por primera vez es una sensación que nunca se olvida y los primeros días a su lado nos llenan de alegría, a pesar que muchas de nosotras quedemos agotadas por el parto, o tengamos incluso algunas molestias, especialmente si el parto fue por cesárea. En estos momentos es importante recordar que esa personita que lo es todo para nosotras tiene derechos, y para poder hacerlos valer el primer paso es inscribirla en los Registros Públicos. ¿Cómo y dónde la inscribo? : materna te lo explica.

 

 

 

Desde el momento que nace tu bebé tienes treinta (30) días calendario (es decir, todos los días incluidos domingos y feriados) para inscribirlo en Registros Públicos. El trámite es completamente gratuito y sólo requiere que uno de los padres del bebé (no es necesario que ambos asistan), se acerquen a la Municipalidad del distrito donde nació el bebé o a una Oficina de la RENIEC.

 

 

 

Para saber en qué local debes realizar la inscripción te recomendamos consultar en la misma clínica o nosocomio, ya que en algunos distritos como Miraflores, Cercado de Lima y Chorrillos puedes realizar la inscripción directamente en la Municipalidad. En caso contrario, el trámite se realiza en cualquiera de los locales de la RENIEC o en una Oficina Registral Civil (OREC). Puedes ubicar el local más cercano en : http://www.reniec.gob.pe/portal/Agencia.jsp?tipo=dep , para Lima y Callao puedes incluso ubicarlas mediante Google maps : http://www.reniec.gob.pe/portal/GoogleMapsLimaCallao.jsp .

 

 

 Debes acercarte con los siguientes documentos:

 

  • Certificado de nacido vivo en original, firmado y sellado por profesional competente (médico, obstetriz, etc.).
  • Documento Nacional de Identidad del declarante
  • Copia Certificada de Partida de Matrimonio (o podrás hacer una declaración jurada a mano en el mismo lugar)
  • Si por algún motivo excediste los 30 días de plazo, deberás acercarte directamente a una oficina de la RENIEC portando adicionalmente un certificado de no inscripción o una declaración jurada simple afirmando aún no haber inscrito al bebé.

 

 

Recuerda que inscribir a tu hijo en los registros públicos es el inicio de su vida como ciudadano y es una forma más de mostrarle a tu bebé cuánto lo quieres.

 

 

 

 




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Fecha: 20/05/2009
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